Introducción:
Internet es un complejo sistema de intercomunicación de computadoras y redes de computadores con alcance mundial (1) que ofrece una indeterminada cantidad de servicios proporcionados por proveedores de conexión. Entre los servicios de que nos ocuparemos en el presente estudio, podemos destacar el correo electrónico o e-mail y el Word Wide Web (o Web) que es el medio para buscar la información en modo texto, audio o video.
La Red de Redes forma parte de una comunidad real, llamada también Ciberespacio, conformada por personas que pueden interactuar entre ellas a voluntad, computador de por medio, y en tiempo real sin importar la distancia física que las separe. Internet se encuentra realmente abierto a cualquier persona que quiera ingresar sin importar orígenes, nacionalidad, limitaciones físicas y geográficas. (2)
Pero no todo es color de rosa en el mundo virtual. Descontando los innumerables beneficios que proporciona el acceso inmediato a toda la información que circula en la red, no podemos negar que este medio global, descentralizado y sin fronteras ocasiona una pérdida inevitable (por lo menos por ahora) de control sobre el uso de una gran cantidad de creaciones inmateriales protegidas por legislación nacional e internacional, tales como son las tuteladas por los derechos intelectuales.
Creaciones protegidas y no protegidas en el ciberespacio.
Una “web site” posee varios elementos suceptibles de ser protegidos mediante el derecho de autor:
Obras literarias:
El contenido de la mayoría de las páginas en Internet presentan aportes catalogados como obras literarias. El Glosario de la OMPI define a las obras literarias como “un escrito de gran valor desde la perspectiva de la belleza y efecto emocional”, en tanto desde el punto de vista del derecho de autor, se entiende como “obra literaria” a todas las formas de obras escritas originales, sean de carácter literario, científico, técnico o meramente práctico, prescindiendo de su valor y finalidad (Glosario de derecho de autor y derechos conexos, voz 146) A título de ejemplo podemos enumerar las creaciones literarias clásicas (libros de texto, poemas, ensayos, novelas, etc.) y las no clásicas (recetas, prospectos farmacéuticos, almanaques, etc.).
En un sitio podremos encontrar múltiple información escrita, memorias descriptivas, modelos de escritos, el índice, comentarios, instrucciones para navegar en el sitio, los cuales representan, en la medida que resulten aportes originales, obras literarias protegidas por el derecho de autor.
Con respecto a las obras literarias tradicionales desde hace poco tiempo se posibilitó el acceso vía Internet de novelas enteras de autores reconocidos mundialmente, ya sea en forma gratuita o con el pago de un precio mediante la utilización de una tarjeta de crédito (3). En el ámbito jurídico cada vez existen más portales con una gran cantidad de colaboraciones doctrinales, comentarios a fallos, recopilaciones de diversa información (como otros sitios jurídicos) donde recurren cada vez más los profesiones del derecho.
![](http://38.media.tumblr.com/tumblr_m5hi5n0QTm1r7n2jm.jpg)
Fotografías:
Las obras fotográficas encuentran su regulación desde la óptica de la creación del registro estático de los elementos que nos rodean (arts. 1 y 34 ley 11.723) y desde el derecho a la imagen de la persona retratada (arts. 31, 33 y 35 de la misma ley). Estos supuestos comprenden desde las vistas fotográficas individuales hasta los bancos de imágenes administrados por empresas que administran licencias para su uso.
Derecho de los productores de fonogramas:
El productor de fonogramas es la persona natural o jurídica que toma la iniciativa y tiene la responsabilidad de la primera fijación de los sonidos de una ejecución o interpretación u otros sonidos o las representaciones de otros sonidos (9). El derecho del productor de fonogramas incluye un beneficio económico por los usos secundarios del fonograma (art. 1 de la ley 11.723) y el a recaudar, en virtud del decreto 1641/74, derechos por la ejecución pública de sus fonogramas.
![](http://www.federaciondemusicos.com.ar/images/novedades/novedad-5.jpg)
Obras protegidas por los derechos conexos al derecho de autor.
Derecho de los intérpretes:
Artistas, intérpretes o ejecutantes son todos los actores, cantantes, músicos, bailarines u otras personas que representen un papel, canten, reciten, declamen, interpreten o ejecuten en cualquier forma obras artísticas o expresiones del folclore (art. 2, inc. “a” convenio OMPI sobre Interpretación o Ejecución y Fonogramas).
Actividades no protegidas por los derechos de autor:
Las noticias de interés general:
Las noticias de interés general podrán ser utilizadas, transmitidas o retransmitidas; pero cuando se publiquen en su versión original será necesario expresar la fuente de ellas (art. 28 in fine ley 11.723). Prácticamente todos los periódicos y noticieros tanto televisivos como radiales cuyos ejemplares se distribuyen en tradicional soporte de papel cuentan hoy en día con su versión en la red en forma de portal , tanto los nacionales como los internacionales donde es posible acceder a una gran cantidad de información periodística. Es bueno aclarar sobre este particular que la licencia otorgada por la ley es aplicable en tanto y en cuanto la noticia sea un objetivo relato de un hecho sucedido en el pasado, ya que si pretendemos hacer uso de una crónica periodística elaborada por un columnista, la noticia se trasforma en obra literaria y es necesario recurrir a la autorización del titular del derecho para su publicación.
PRINCIPALES USOS Y CONFLICTOS EN LA RED. LA MUSICA EN LA RED.
Uno de los principales conflictos en la Red es, sin dudas, la circulación de obras musicales en formato digital donde se ven afectados no solamente los autores, sino los productores de fonogramas y los intérpretes ejecutantes de dichas creaciones.
En efecto, la inexistencia de un administrador de la Red global de información genera la ausencia de control sobre las autorizaciones y gestión colectiva de los derechos de autor de las obras musicales, susceptibles de ser almacenados fácilmente en el ordenador de todo navegante virtual.
Sin dudas, la aparición de sitios que facilitan el formato digital denominado MP3 que promueve la reproducción gratuita de miles de obras musicales, es el hecho que provocó la mayor crisis en el control del uso de tales obras en Internet, las que en su gran mayoría no eran autorizadas a ser “bajadas” de la Red. La visita a estos sitios se calcula en 150 millones al mes, superando de esta manera las conexiones con las “páginas web” sobre sexo.
Esta situación provocó acciones de las principales discográficas, que se encuentran a las puertas de un acuerdo general con un régimen de licencias para el uso de un gran repertorio musical y una importante suma de dinero en concepto de los daños causados.
Lo mejor de la muscia libre.
Embarcados en un proyecto audiovisual lo aparentemente fácil es crear el contenido, sólo debemos tener clara la idea y ser algo habilidosos con la cámara o el programa de edición, pero el problema con el que se encuentran muchos creadores llega a la hora de incluir música en el proyecto.
Admitámoslo, lo de crear un tema interesante no está al alcance de todos por muchas ganas que le pongamos, e incluir una canción que nos guste puede acabar reportándonos problemas si no tenemos sus derechos de uso. Por suerte internet pone a nuestra disposición varios repositorios con música libre de derechos.
Páginas para descargar música libre de derechos
- Audionity: una comunidad de compositores en la que la música es libre de derechos. Sólo tenemos que pagar al autor por el tema escogido y podremos usarlos de por vida y en cualquier tipo de contenido.
- digCCmixter: un respositorio con multitud de temas. La mayoría de ellos deben ser usados dando crédito al autor y sin fines comerciales, pero también hay otros en los que la única limitación es la atribución al creador.
- Free Music Archive: creada en 2012 pero aún en fase beta, esta plataforma nos permite subir y descargar canciones. Atentos a los tipos de licencia de cada tema porque aunque hay muchos libres de derechos también hay licencias con requisitos especiales.
- Jamendo: la reina de la música bajo licencia Creative Commons, que nos permitirá navegar entre un vasto catálogo de canciones libres de derechos para descargarlas y utilizarlas en nuestras creaciones audiovisuales.
- MusOpen: la música clásica hace tiempo que pasó a ser de todos y desde este portal podemos acceder a composiciones de músicos como Bach o Chopin. La versión gratuita permite la descarga de cinco canciones al día.
- OpSound: si nuestro proyecto precisa de música experimental, electrónica o simplemente necesitamos una base, aquí encontraremos gran cantidad de temas bajo licencia Creative Commons.
- SoundCloud: un servicio online de música en el que tanto grupos famosos como amateurs publican sus temas para venderlos. Además cuenta con un apartado específicamente diseñado para música libre y gratuita bajo licencia de atribución.
- Vimeo Music Store: con contenidos de pago y gratuitos con licencia de Creative Commons, el rival de YouTube ha creado una tienda de música desde la que conseguir temas de todo tipo de géneros.
- YouTube Audio Library: el gigante del vídeo puede que ponga multitud de trabas a los vídeos que vulneran derechos de autor, pero hay que reconocer que también nos brinda las herramientas necesarias para que no tengamos problemas. Aquí podremos descargar música para nuestros vídeos de forma gratuita.
![jamendo](http://img.blogs.es/anexom/wp-content/uploads/2014/03/jamendo.jpg)
![youtube](http://img.blogs.es/anexom/wp-content/uploads/2014/03/youtube.jpg)
Uso de imágenes con derecho de reproducción libre.
![](http://www.herramientasparatunegocioweb.com/wp-content/uploads/2012/04/descargar-musica-libre.jpg)
El Internet ofrece una escasa protección de los derechos de autor y es allí donde Creative Commons propone sus licencias en busca de aprovechar los derechos privados para un beneficio publico.
Una presentación resulta mucho mas atractiva con añadidos “extra” como la música y las imágenes. Estos aportes enriquecen el resultado final,
De todas formas, tanto con imágenes como las canciones que selecciones en este tipo de presentaciones de trabajos escolares, hay que tener muchísimo cuidado, si sobre todo vas a publicar en medios como un Blog escolar o personal, la web del centro, etc…, ya que puede haber serios problemas poe los derechos de autor de las obras.
¿Entonces quiere esto decir que no puedes usar imágenes ni música para cualquier proyecto?. No, pueden usarse, pero has de hacer bajo un determinado tipo de licencia en este caso la licencia Creative Commons.
CREATIVE COMMONS posibilita el uso de obras de diversos autores, normalmente músicos diseñadores gráficos, dibujantes, fotógrafos . Para un uso privado no comercial,y protege los derechos de estos ya que les reconoce como propietarios de las mismas. Hay diversas variantes de esta licencia, y dependerá del autor conceder un mayor permiso a la hora de disponer de sus creaciones.En cualquiera de los casos en los que una canción o imagen, este bajo la licencia Creative Commons siempre vamos a poder disponer de ella para el uso escolar.
Principales usos y conflictos en la red .....la música en la red.
Uno de los principales conflictos en la Red es, sin dudas, la circulación de obras musicales en formato digital donde se ven afectados no solamente los autores, sino los productores de fonogramas y los intérpretes ejecutantes de dichas creaciones.
En efecto, la inexistencia de un administrador de la Red global de información genera la ausencia de control sobre las autorizaciones y gestión colectiva de los derechos de autor de las obras musicales, susceptibles de ser almacenados fácilmente en el ordenador de todo navegante virtual.
Sin dudas, la aparición de sitios que facilitan el formato digital denominado MP3 que promueve la reproducción gratuita de miles de obras musicales, es el hecho que provocó la mayor crisis en el control del uso de tales obras en Internet, las que en su gran mayoría no eran autorizadas a ser “bajadas” de la Red. La visita a estos sitios se calcula en 150 millones al mes, superando de esta manera las conexiones con las “páginas web” sobre sexo.
Esta situación provocó acciones de las principales discográficas, que se encuentran a las puertas de un acuerdo general con un régimen de licencias para el uso de un gran repertorio musical y una importante suma de dinero en concepto de los daños causados (26). En algunos países, se han llegado a convenios con las sociedades de autores donde estas últimas otorgan licencias para que, mediante el uso del formato digital en cuestión, se autorice al usuario el uso personal de la obra (26 bis)
Sin embargo, y sin perjuicio de la posición dominante de MP3, existen otros sitios similares que permiten el intercambio, carga y descarga de obras musicales, en su mayoría de cantautores conocidos, desde los discos duros de cada computador tal como Napster.com que ha provocado la interposición de fuertes demandas de músicos famosos. Como defensa se ha argumentado que el servicio que brindan no es provocar el intercambio de obras musicales sino que pone en contacto a diversas personas deseosas de intercambiar música. (27). El conflicto se desencadenó en una contienda judicial donde, recientemente,una jueza federal de EEUU ordenó recientemente el cierre del sitio argumentando que el programa ofrecido por Napster en la red provocaba una violación a los derechos de autor de los principales sellos discográficos del país (Conf. www.noticias.rep.net.pe)
Pero como si esto fuera poco, la aparición del programa de ordenador denominado Freenet permite el intercambio de cualquier material en forma anónima, ya que funciona sin ningún control central imposibilitando de esta manera la persecución legal del ilícito (28). De la misma manera el programa denominado Gnutella permite a todos los usuarios de Internet conectarse directamente entre ellos sin la necesidad de acceder a través de un portal, y pone a disposición de ellos toda la información que se pueda obtener de la Red (29).
Esta situación movilizó desde hace algún tiempo a las sociedades que representan a los autores de música y productoras de fonogramas a establecer un sistema de arancelamiento por el uso de la obra en Internet.
Así, el 21 de abril de 1999 el Comité de Tarifas de la asociación que nuclea a todas las sociedades de gestión colectiva de editoriales de obras musicales (BIEM) acordó, en París, la tarifa del 8 por ciento del precio de venta al público por la venta de discos compactos por encargo, o sea, en los supuestos que los consumidores pueden elegirlos a partir de un distribuidor automático o de Internet.
Sin perjuicio de que en nuestro país no existe un marco regulatorio específico para el uso de obras por red, en el marco de la directiva de la BIEM citada en el párrafo anterior, SADAIC acordó una licencia a la discográfica Faro Buenos Aires con el mismo porcentaje para la venta “on line” a través de Internet; más el uno por ciento de todos los ingresos del usuario provenientes de la venta de soportes.
Música libre de derecho de autor
Paginas para descargar musica libre de derechos.
Free Music Projects es una tienda online de música libre de derechos de autor para proyectos audiovisuales y publicitarios. Permite elegir entre diferentes tipos de licencias según las características del proyecto en el que se vaya a utilizar la música.
Ofrece también servicios adicionales como cuñas de radio, locuciones corporativas, producción de audiolibros, documentales... siendo así una interesante fuente de recursos musicales a consultar.
http://www.freemusicprojects.com
Jamendo es una comunidad que aloja música libre bajo licencia Creative Commons, donde los músicos pueden subir sus creaciones y los usuarios descargarlas de forma gratuita. Actualmente cuenta con casi 350.000 canciones de todos los estilos. Además permite compartir listas, álbumes y widgets. Cuenta, asimismo, con una excelente guía en español.
Ofrece también servicios adicionales como cuñas de radio, locuciones corporativas, producción de audiolibros, documentales... siendo así una interesante fuente de recursos musicales a consultar.
http://www.freemusicprojects.com
Jamendo es una comunidad que aloja música libre bajo licencia Creative Commons, donde los músicos pueden subir sus creaciones y los usuarios descargarlas de forma gratuita. Actualmente cuenta con casi 350.000 canciones de todos los estilos. Además permite compartir listas, álbumes y widgets. Cuenta, asimismo, con una excelente guía en español.
Musopen es un proyecto sin ánimo de lucro que promueve el acceso a música clásica de dominio público mediante la creación de recursos y materiales educativos: grabaciones, partituras y libros de texto.
Aunque existe una gran cantidad de obras musicales de dominio público (es decir, aquellas cuyos derechos han caducado) los derechos de ejecución siguen vigentes. Por ello, Musopen busca además obtener nuevos registros de estas obras para ofrecerlas gratuitamente a través de la red, de modo que puedan ser escuchadas o reutilizadas por sus usuarios.
Aunque existe una gran cantidad de obras musicales de dominio público (es decir, aquellas cuyos derechos han caducado) los derechos de ejecución siguen vigentes. Por ello, Musopen busca además obtener nuevos registros de estas obras para ofrecerlas gratuitamente a través de la red, de modo que puedan ser escuchadas o reutilizadas por sus usuarios.
Free Music Archive es una fonoteca interactiva de música libre y legal que puede ser descargada sin coste. Dirigida por una de las emisoras de radio estadounidense de mayor prestigio, WFMU, cuenta con «comisarios» que seleccionan cada una de las piezas que formarán parte de la fonoteca. De este modo se asegura la coherencia y la calidad de sus fondos.
Opsound es un sitio que contiene música electrónica y experimental con licencia Creative Commons. Sus autores lo definen como un experimento que se realiza aplicando el modelo de software libre a la música. Los músicos y artistas sonoros pueden añadir su trabajo siempre que usen alguna licenciacopyleft. Los usuarios están invitados a descargar la música, compartirla, remezclarla o re-imaginarla.
SoundCloud es una de las plataformas de distribución de música en línea más populares. Entre otras funciones permite a sus usuarios distribuir música y archivos bajo licencia Creative Commons a través de la red. En el número 55 de Eufonía podeis encontrar una reseña más ampliada.
http://soundcloud.com
Escena Digital Locutores ofrece la posibilidad de descargar una gran variedad de canciones legales y libres de copyright desde su librería musical propia. Agrupadas en una ámplia gamma de categorías.
http://www.locutortv.es/musicalibredederechos.htm
Escena Digital Locutores ofrece la posibilidad de descargar una gran variedad de canciones legales y libres de copyright desde su librería musical propia. Agrupadas en una ámplia gamma de categorías.
http://www.locutortv.es/musicalibredederechos.htm
Mejores sitios para descargar música libre:
Vimeo Music Store
![vimeo](http://wwwhatsnew.com/wp-content/uploads/2013/07/vimeo.jpg)
dig.ccMixter
![digccmixter](http://wwwhatsnew.com/wp-content/uploads/2013/07/digccmixter.jpg)
Un directorio con música de alta calidad compartida por artistas independientes bajo licencias Creative Commons, gran parte de ella lista para usar incluso con fines comerciales. Centenares de géneros, estilos (épocas, estados de ánimo, lugares, etc.), instrumentos musicales y tipo de uso que se piensa dar (videos, juegos, fiestas, etc.) hacen parte de sus filtros de búsqueda.
SoundCloud
![soundcloud](http://wwwhatsnew.com/wp-content/uploads/2013/07/soundcloud.jpg)
El popular servicio online donde cualquier artista puede compartir su música y venderla, también cuenta con una considerable cantidad de música libre y gratuita de la que cualquiera puede disponer (descargar) sin más que mencionar a su debido autor en las nuevas obras generadas a partir de su contenido.
AudioNautix
![audionautix](http://wwwhatsnew.com/wp-content/uploads/2013/07/audionautix.jpg)
AudioNautix destaca por su extensa colección de sonidos que se pueden filtrar por géneros musicales, por estados de ánimo y por tempo (lento/medio/rápido). Pueden escucharse, descargarse y usarse fácilmente, esto último con apenas una mención al sitio web. Jason Shaw es el responsable de Audionautix y el creador de todos los sonidos.
FlashKit (Sound FX | Sounds Loops)
![flashkit](http://wwwhatsnew.com/wp-content/uploads/2013/07/flashkit.jpg)
FlashKit es una comunidad donde se comparten cientos de galerías de material multimedia listo para usar en obras derivadas. Para la parte del audio, en vez de temas musicales, se comparten fragmentos de sonidos especiales (Sound Loops) y efectos musicales (Sound FX) debidamente categorizados y listos para descargar y usar en la creación de videos u otras obras.
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